¿Qué tipo de información debe reportarse a la UIAF?

LA/FT/PADM

De acuerdo con las fuentes proporcionadas, la información que debe reportarse a la UIAF se divide en dos categorías principales: Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y Reportes Objetivos.

Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS)

  • Definición: Una Operación Sospechosa es aquella que, por su número, cantidad o características, no se enmarca dentro del sistema y prácticas normales del negocio, de una industria o de un sector determinado y, además, que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, no ha podido ser razonablemente justificada.
  • Obligación de reporte: Los Sujetos Obligados deben reportar a la UIAF todas las Operaciones Sospechosas que detecten en el desarrollo de sus actividades. El reporte debe hacerse de manera inmediata a través del SIREL.
  • Ausencia de ROS: Si durante el mes no se identifica ninguna Operación Sospechosa, el Oficial de Cumplimiento debe enviar un reporte de Ausencia de ROS (AROS) a través del SIREL dentro de los diez (10) días calendario siguientes al vencimiento del mes.

Reportes Objetivos

  • Objetivo: Estos reportes se envían de forma periódica y contienen información específica sobre ciertas operaciones, incluso si no se consideran sospechosas. Su objetivo es brindar a la UIAF una visión general de las actividades de los Sujetos Obligados.
  • Tipos de Reportes Objetivos:
    • Reporte de operaciones de transporte en efectivo (Empresas Transportadoras de Valores): Se deben reportar mensualmente las operaciones de transporte en efectivo que superen ciertos montos, incluyendo:
      • Transporte interno de efectivo superior a diez millones de pesos ($10.000.000).
      • Transporte de importación o exportación de títulos y/o bienes valorados superiores a cincuenta millones de pesos ($50.000.000).
      • Transporte de ingreso y salida de efectivo del país superior a diez millones de pesos ($10.000.000).
      • Transporte de metales, joyas, piedras preciosas, objetos de arte y antigüedades.
      • Transporte aéreo de valores.
    • Reporte de Transacciones en Efectivo: Los servicios de vigilancia y seguridad privada deben reportar mensualmente las transacciones en efectivo que cumplan con ciertas características, incluyendo:
      • Transacciones Individuales: Iguales o superiores a diez millones de pesos ($10.000.000).
      • Transacciones Múltiples: Realizadas por o para un mismo cliente durante un mes calendario que en conjunto igualen o superen los cincuenta millones de pesos ($50.000.000).
      • Transacciones Internas: Superiores a diez millones de pesos ($10.000.000) realizadas entre la sociedad y sus socios, o entre los socios, grupos empresariales, etc..
  • Ausencia de información para reportar: Si en un mes determinado no se identifica ninguna operación que cumpla con las características para reporte objetivo, se debe informar a la UIAF a través del reporte de ausencia correspondiente.

Es importante destacar que la información proporcionada se basa únicamente en las fuentes provistas. Para obtener información adicional y actualizada sobre los tipos de reportes y la forma de presentarlos, se recomienda consultar directamente con la UIAF.