Asignación de Números de Registro Oficial (NRO) para Escuelas de Vigilancia y Seguridad Privada

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El Decreto 1565 de 2022, expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (Supervigilancia), introduce disposiciones importantes sobre la asignación de Números de Registro Oficial (NRO) a las Escuelas y/o Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada. Este artículo tiene como objetivo analizar en detalle el Artículo 2.6.1.1.13.3.6 del decreto, que establece los requisitos y procedimientos para la obtención de NRO.

Asignación de 20.000 NRO:

La Supervigilancia asigna un total de veinte mil (20.000) NRO a las Escuelas y/o Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada que cumplan con los requisitos establecidos en el decreto. Estos NRO son alfanuméricos y se componen del número de identificación del servicio de vigilancia y seguridad privada y un número único asignado a cada acreditación expedida.

Requisitos para la solicitud de NRO:

Para solicitar la asignación de NRO, las Escuelas y/o Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Reporte de NRO emitidos: Al momento de presentar la solicitud, la entidad solicitante debe haber reportado como mínimo 19.000 NRO emitidos previamente.
  • Actualización de información: La entidad solicitante debe tener actualizada ante la Supervigilancia toda la información relacionada con el personal capacitado, utilizando los medios establecidos en la normativa vigente.

Verificación por parte de la Supervigilancia:

La Supervigilancia realizará una verificación exhaustiva de la información proporcionada por la entidad solicitante al momento de presentar la solicitud de NRO. Esta verificación incluirá la revisión del cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente, así como la constatación de la veracidad y consistencia de los datos reportados.

Emisión del Diploma:

Una vez finalizado el curso de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, y tras la exitosa asignación del NRO correspondiente, la Escuela o Departamento de Capacitación y Entrenamiento podrá emitir un diploma al participante. Este diploma debe incluir el NRO asignado, el nombre completo del participante, el nombre del curso realizado, la fecha de expedición del diploma y el nombre y sello de la entidad emisora.

Importancia de los NRO:

Los NRO juegan un papel fundamental en la identificación y registro del personal capacitado en vigilancia y seguridad privada. Estos números permiten a la Supervigilancia ejercer un control efectivo sobre la calidad de la formación impartida por las Escuelas y/o Departamentos de Capacitación y Entrenamiento, garantizando así la profesionalización del sector y la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada de alta calidad.

El Decreto 1565 de la Supervigilancia establece un marco regulatorio claro y transparente para la asignación de NRO a las Escuelas y/o Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada. Estos NRO son esenciales para garantizar la calidad de la formación impartida y la profesionalización del sector, contribuyendo así a la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada que satisfagan las necesidades de la sociedad