El Nuevo Reto del PTEE para el Sector de la Seguridad

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En un paso histórico para la transparencia en Colombia, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se ha convertido en la primera superintendencia en implementar de manera obligatoria el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). Bajo el liderazgo del superintendente Larry Álvarez y mediante la Circular Externa 20251000000035CS, se establecen lineamientos estrictos para blindar a nuestro sector contra la corrupción, el soborno y el fraude.

¿Qué es el PTEE y por qué es obligatorio?

El PTEE es una herramienta de gobernanza diseñada para prevenir riesgos de Corrupción, Soborno y Fraude (COSOF). No es solo un documento; es un conjunto de políticas y mecanismos internos de auditoría que buscan fortalecer la confianza pública en los servicios de seguridad privada.

Este programa cobija a la totalidad de los vigilados por la entidad, incluyendo:

  • Empresas de vigilancia (con y sin armas).

  • Transportadoras de valores.

  • Escuelas de capacitación y entrenamiento.

  • Departamentos de seguridad y cooperativas.

Elementos Clave para su Implementación

Las organizaciones deben adoptar medidas concretas que transformen su cultura organizacional. Entre los requisitos mínimos se encuentran:

  1. Políticas de Cero Tolerancia: Compromiso explícito de la alta dirección contra cualquier práctica ilegal.

  2. Canales de Denuncia Seguros: Implementación de herramientas que permitan reportes confidenciales y anónimos, garantizando la protección del denunciante.

  3. Matrices de Riesgo: Identificación y valoración de la probabilidad de eventos de corrupción según el contexto de la empresa.

  4. Oficial de Cumplimiento: Designación de un profesional encargado de liderar y administrar el sistema de gestión de riesgos del PTEE.

Plazos y Sanciones

El tiempo corre. Las empresas que ya cuentan con licencia vigente tienen un plazo de seis (6) meses (hasta marzo de 2026, considerando la publicación en septiembre de 2025) para adoptar el programa. El incumplimiento de esta obligación no solo afecta la reputación, sino que dará lugar a sanciones administrativas y medidas cautelares según el Decreto Ley 356 de 1994.

 

Tu Herramienta de Cumplimiento: Formulario del Canal Ético y Transparencia

Como parte fundamental de este programa, compartimos el modelo de reporte que toda organización debe tener habilitado. Este canal es la primera línea de defensa para identificar irregularidades de manera segura.

[Aviso Importante] Este canal es exclusivo para reportar posibles actos de corrupción, soborno, fraude o infracciones éticas. La organización garantiza la CONFIDENCIALIDAD y aplica una política estricta de NO REPRESALIAS.

Sección Descripción
1. Datos del Reportante

Opcional (puede ser anónimo).

2. Tipo de Situación

Soborno, Corrupción, Fraude, Conflicto de Interés, o incumplimiento del Código de Ética.

3. Detalles de los Hechos

Descripción detallada, fecha, lugar, personas involucradas y evidencias (fotos, documentos).

4. Aviso Legal

Autorización de tratamiento de datos personales bajo la Ley 1581 de 2012.


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La implementación del PTEE exige que todo el personal, desde los directivos hasta los guardas en primera línea, reciba capacitaciones anuales obligatorias. En CEFORVIG, estamos comprometidos con la profesionalización del sector y la promoción de la legalidad.

No esperes a que el plazo se agote. Te invitamos a fortalecer tus competencias y asegurar que tu organización cumpla con los más altos estándares internacionales de ética y transparencia.

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